Después de lo que se ha vuelto tradición año tras año de mantener la incógnita hasta último momento ya sabemos como van a quedar los módulos para el año 2019.
El día día 30 de noviembre se publicó en el BOE la orden (Orden HAC/1264/2018) por la que se que regula el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA:
- El límite queda establecido en 150.000,00 € de facturación, 125.000 € en el caso de que se facture a otras empresas o autónomos.
Por suerte se prorroga un año mas la entrada en vigor de la regulación aprobada en 2016.
**Fuentes cadenadesuministro.com.